Aulas de Acogida

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El Decreto 359/2009, de 30 de octubre, por el que se establece y regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, define en su artículo 7, como medida de apoyo específico, los programas específicos para el aprendizaje del español como lengua extranjera, destinados a los alumnos y alumnas que se incorporan tardíamente al sistema educativo español, cuya lengua materna sea distinta del español y presenten graves carencias lingüísticas en esta lengua.

Según el artículo 14 del citado decreto, cuando el alumno presenta carencias graves en la lengua española y/o posea desfases o carencias significativas de conocimientos instrumentales podrá ser atendido temporalmente en un Aula de Acogida a fin de facilitar su integración en el curso correspondiente.

Las aulas de acogida están reguladas por la Orden de 16 diciembre de 2005, de la Consejería de Educación y Cultura.

Estas aulas están organizadas en tres niveles de adscripción según la competencia lingüística:

Nivel I. Adquisición de las competencias lingüísticas generales a nivel oral.

Nivel II. Agrupamiento para adquisición de competencias lingüísticas generales y específicas.

Nivel III: Adquisición, mediante los apoyos correspondientes, de competencia lingüística específica y curricular en las áreas instrumentales que presente desfases, una vez agotado el tiempo de permanencia en el Nivel II.

Curso 2025-2026

Resolución de 12 de enero de 2026, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, por la que se autoriza la implantación de aulas de acogida en centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el curso 2025-2026.

Resolución de 3 de julio de 2025 de la Dirección General de Atención a la Diversidad por la que se autoriza la continuidad de Aulas de Acogida en centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el curso 2025-2026.

Histórico cursos anteriores.

Normátiva básica de referencia

Decreto n.º 359/2009, de 30 de octubre, por el que se establece y regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Orden de 16 de diciembre de 2005, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se establecen y regulan las aulas de acogida en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia.

Circular de 3 de junio de 2025, de la Dirección General de Atención a la Diversidad y de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, por la que se concretan los criterios sobre la atención educativa al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo con perfiles de compensación educativa en centros sostenidos con fondos públicos.

Resolución de 20 de julio de 2018, de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa, por la que se dictan instrucciones para la identificación y respuesta educativa al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo asociadas a desconocimiento del español o desfase curricular significativo, por integración tardía en el sistema educativo o por condiciones personales o de historia escolar, en centros sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia que impartan las enseñanzas de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.

Solicitud de autorización para implantar un aula de acogida para la adquisición de la competencia lingüística en español (código 3373) (SIA 2312673)