Absentismo y abandono escolar temprano
Con el fin de hacer efectivos los principios de actuación establecidos en el artículo 2.1 del Decreto n.º 359/2009, de 30 de octubre, por el que se establece y regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia , se asegurará el acceso y la permanencia durante las etapas obligatorias del alumnado y se procurará el máximo aprovechamiento y la promoción del mismo, de cara a la continuidad en el sistema educativo y completa formación.
Para ello, la Consejería de Educación, Formación y Empleo de la Región de Murcia desarrolla planes, programas y medidas de acción positiva que promueven la continuidad del alumnado en el sistema educativo y facilitan la prevención, control y seguimiento del absentismo y abandono escolar temprano, directamente o en colaboración con otras administraciones.
El absentismo escolar al que se enfrentan de forma directa y permanente los centros educativos es motivo de preocupación para la comunidad educativa en su conjunto, no tanto por sus consecuencias inmediatas como por sus consecuencias a medio y largo plazo. El absentismo escolar, entendido como la falta injustificada de asistencia a clase, no comporta necesariamente la existencia de un problema de tipo educativo, y menos aun de tipo social, siempre que mantengan un carácter aislado y excepcional y no interfieran de forma sustancial en el ritmo formativo del alumnado.
El absentismo escolar al que se enfrentan de forma directa y permanente los centros educativos es motivo de preocupación para la comunidad educativa en su conjunto, no tanto por sus consecuencias inmediatas como por sus consecuencias a medio y largo plazo. El absentismo escolar, entendido como la falta injustificada de asistencia a clase, no comporta necesariamente la existencia de un problema de tipo educativo, y menos aun de tipo social, siempre que mantengan un carácter aislado y excepcional y no interfieran de forma sustancial en el ritmo formativo del alumnado.
Cuando estas faltas de asistencia se suceden de forma reiterada o se extienden por espacios de tiempo prolongados, el ritmo de aprendizaje se resiente inevitablemente y comienzan a aparecer problemas de retraso escolar que, de no solucionarse rápidamente, pueden derivar en situaciones de fracaso y de abandono de la escolaridad.
Pero además, el absentismo escolar reiterado, con sus inevitables secuelas de fracaso escolar, y el abandono de la enseñanza se constituyen como principales factores -aunque no los únicos- que contribuyen a la aparición en nuestra sociedad de situaciones de marginalidad. De este modo, lo que inicialmente era sólo un problema educativo, se convierte a medio o largo plazo en un grave problema social.
De esto se desprende que el absentismo y el abandono escolar constituyen fenómenos no deseables para una sociedad que considera la formación de sus miembros como un elemento clave, tanto en la promoción individual como en el bienestar colectivo.
La comunidad educativa y también la sociedad murciana comienzan a tomar conciencia de la gravedad y trascendencia del absentismo escolar, por su estrecha relación con el fracaso y el abandono del sistema educativo. Por esta razón, la Consejería de Educación, Formación y Empleo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha elaborado el plan regional de prevención, seguimiento y control del absentismo y abandono escolar
Las medidas recogidas en este Plan se extienden desde aquéllas que propiamente pueden ser adoptadas por los centros educativos, a través de programas de intervención tutorial, curricular o familiar, entre otros, hasta aquellas otras que requieren de la participación y colaboración de las instituciones con las que la Administración educativa regional comparte la responsabilidad de velar por los derechos de los menores.
En definitiva, con objeto de profundizar en esta problemática educativa y social, se ofrece a la comunidad educativa los cauces necesarios para su interpretación e intervención, y a los centros escolares la ayuda precisa para su prevención, seguimiento y control; estableciendo las pautas oportunas para la coordinación de la Consejería de Educación, Formación y Empleo con otras instancias.