05. Becas, ayudas al estudio y beneficios fiscales

Las becas, las ayudas al estudio y los beneficios fiscales constituyen uno de los instrumentos que contribuyen de forma más eficaz a hacer posible el principio de igualdad de oportunidades.

La gestión de becas y ayudas en el ámbito de las competencias de la Consejería de Educación y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, corresponde a la Dirección General de Centros Educativos e Infraestructuras.

Entre ellas, se encuentran las ayudas para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, así como otras ayudas para el estudio y el comedor. 

Por otro lado, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, también existen beneficios fiscales para diferentes colectivos, entre ellos, el de personas con discapacidad.

5.1. Ayudas para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo

Estas ayudas se convocan con carácter anual. La convocatoria para el curso 2026/27 se ha publicado el 8 de mayo de 2026, y el plazo de solicitud es del 19 de mayo al 10 de septiembre de 2026.

Las ayudas están dirigidas a alumnado que presenta una necesidad específica de recibir apoyo educativo derivado de alguna de las siguientes situaciones: discapacidad, trastorno grave de conducta o de la comunicación y del lenguaje y trastorno del espectro autista. También para alumnado con altas altas capacidades.

Se pueden solicitar estas ayudas para los siguientes niveles no universitarios: Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Ciclos formativos de grado medio y superior, Enseñanzas artísticas profesionales, Ciclos Formativos de Grado Básico, Programas de formación para la transición a la vida adulta y otros programas formativos de formación profesional.

En función de si el alumno/a cumple o no los requisitos económicos, recibirás ayudas directas o subsidios.

Ayudas directas

Se puede recibir una o varias ayudas directas. Cada una corresponde a un servicio o apoyo que el alumno/a necesita para seguir sus estudios (por ejemplo, transporte, residencia, reeducación, etc.)

Las cantidades de dinero de cada ayuda son:

ayudas

Subsidios

Para la convocatoria 2026/27 hay dos tipos de subsidios, para los que no se requerirá cumplir requisitos económicos:

subsidios

Importante: No se conceden las ayudas o subsidios (excepto el subsidio para gastos adicionales de carácter general, que se concederá siempre que se justifique la necesidad de apoyo educativo, según los requisitos establecidos en la convocatoria) cuando los centros educativos ya reciban ayudas para ofrecer estos servicios o cuando ya los abonen fondos de cualquier administración pública.

Cuándo y cómo solicitarla

Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Una vez cumplimentado, hay que seguir las instrucciones para presentar la solicitud telemática de forma correcta.

Para conceder estas ayudas, se valoran los siguientes factores:

  • Edad y tipo de centro. Tienes que cumplir los siguientes requisitos, referidos al curso 2026 – 2027.
  • Necesidad de apoyo educativo. Los documentos que acreditan la necesidad específica son los que se detallan en el siguiente enlace. No tendrás que presentarlos con la solicitud salvo que te sean requeridos por la unidad de becas.
  • Situación económica. En este apartado, se valora la situación económica de la unidad familiar durante el año pasado. Se tiene en cuenta la renta obtenida y, además, elementos relacionados con el patrimonio, como los rendimientos del capital, las ganancias patrimoniales o los inmuebles de los que se es propietarios. En el siguiente enlace se detalla en qué casos se tiene derecho a la ayuda y en qué casos no.

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5.2. Otras ayudas

Además de las ayudas para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, existen otras ayudas, pero hay que tener en cuenta que son incompatibles con cualesquiera otras que pudieran obtenerse para la misma finalidad de otras Administraciones públicas o entidades públicas o privadas:

 

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5.3. Beneficios fiscales

En la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia existen beneficios fiscales para diferentes colectivos, entre ellos, el de personas con discapacidad.

Estos beneficios incluyen, entre otros, deducciones en los siguientes impuestos:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD-TPO y ITPAJD-AJD).

La Agencia tributaria de la Región de Murcia ha publicado una guía con todos los beneficios fiscales aprobados por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y está disponible en el siguiente enlace: Guía de beneficios fiscales de la Región de Murcia.

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Contenidos asociados:

Ayudas para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo curso 2026-2027.

Guía de beneficios fiscales de la Región de Murcia.

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